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mayo  18, 2024

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Un comentario sobre la nueva ley 26993 que establece el sistema de resolución de conflictos en las relaciones de consumo y la particular utilización del instituto de la conciliación

Por Gustavo Fariña


"Una de las pocas políticas públicas que en la República Argentina ha sido sostenida por las diversas administraciones del Estado durante los últimos 20 años fue llevada adelante en gran medida desde el Ministerio de Justicia de la Nación. Esa política (que desde hace unos años también es política de Estado de la Corte Suprema de Justicia de la Nación) tuvo como objetivo la implementación y difusión de la mediación y la conciliación como métodos de resolución alternativa de conflictos en diversos contextos en el país. Dicho esfuerzo posibilitó que la sociedad pudiera disponer de diversos mecanismos (a través del ofrecimiento de Programas públicos y privados) y la posibilidad de comprender que históricamente existió una mala utilización de los mismos o una burocratización de determinadas instancias (Ej., la conciliación en el ámbito del Ministerio de Trabajo era un ámbito donde los representantes de empresas iban preparados para sufrir todo tipo de presiones con la finalidad de aceptar los requerimientos del trabajador; La conciliación intraprocesal llevada adelante por jueces o funcionarios tanto en materia laboral como civil y comercial, era y es todavía en muchos casos una instancia donde esta persona se limita a preguntar si las partes desean arribar a un acuerdo)."

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Términos mencionados en esta doctrina: conciliación, adelante, ministerio, justicia, política.

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